domingo, 2 de octubre de 2016

Procedimiento de Querellas

La Unidad Secretarial del Procedimiento Administrativo de Querellas y Remedio Provisional atiende el trámite y las gestiones que se llevan a cabo para celebrar las reuniones de mediación o conciliación dentro de un periodo no mayor de 30 días a partir de la radicación de la querella y la resolución de la controversia dentro de un término no mayor de 45 días a partir de la fecha de culminación del proceso de mediación o conciliación en el cual no se han llegado a acuerdos totales. Esta oficina administra el remedio Provisional, el cual se creó como alternativa para ofrecer evaluación inicial, reevaluación y servicos relacionados.
A través de un memorando de 24 de marzo de 2006, el Remedio Provisional fue ampliado y se incluyeron los siguientes servicios:
  • evaluaciones de asistencia tecnológica,
  • compra de servicios de transportación,
  • pago de beca de transportación,
  • compra de servicios de enfermera,
  • asistentes de servicios y
  • remoción de barreras arquitectónicas a aquellos estudiantes para los que el Departamento de Educación no cuenta con el recurso para ofrecerlo.
Puede radicar una nueva querella usando el formulario adjunto. Favor de completarlo en su totalidad en letra legible y enviarlo a:
Departamento de Educación
Unidad de Querellas
P.O. Box 190759
San Juan P.R. 00919-0759

DOCUMENTOS:

No hay comentarios.:

Publicar un comentario